Los falsos autónomos

La figura de los falsos autónomos está en pleno auge. A todos nos viene a la cabeza todos esos repartidores de comida rápida que trabajan en las grandes ciudades. Son los conocidos como riders y suelen trabajar para una o más plataformas (como Glovo, por ejemplo). Su día a día discurre conectados a estas apps esperando que les asignen pedidos para recoger en el local que sea y llevarlo hasta el domicilio del cliente. Suelen ir en moto, pero también los hay que usan el coche, la bici e incluso el transporte público. El tema está en la forma de contratación que tienen con estas empresas: la lógica dicta que si trabajan para ellos estuviesen contratados ¿verdad?. Lo cierto es que lo más habitual es que sean obligados a hacerse autónomos por su cuenta y pagar ellos mismos sus cotizaciones sin tener ninguna relación laboral con dichas empresas.

En este breve artículo vamos a ver en qué consiste ser un falso autónomo y entenderemos el porqué de la ilegalidad de esta práctica tan extendida.

¿Qué es realmente un falso autónomo?

Se entiende por falso autónomo a cualquier trabajador que esté inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero que a la vez dedica su jornada laboral para cubrir las necesidades de una empresa de la misma forma que lo haría si fuera un trabajador por cuenta ajena normalmente contratado.

¿Esto que implica? Pues que este tipo de empleados ni tienen la autonomía de la que goza un autónomo, mientras que dependen del empresario durante su jornada laboral de manera completa.

¿Por qué las empresas siguen utilizando esta práctica?

Aunque es obvio que es una práctica ilegal, gran cantidad de empresas siguen practicándola, ya que se ahorran una gran cantidad de dinero en costes con la Seguridad Social.

¿Cómo se reconoce a un falso autónomo?

Un falso autónomo se ve claramente perjudicado por este tipo de «contratación». Vamos a ver algunas características distintivas de los falsos autónomos aquí:

  • Su jornada laboral depende en más de un 75% de un contratador.
  • No puedes organizarte tus vacaciones, ya que las estipula la propia empresa.
  • Las tarifas las establece el empresario, todo lo contrario a los autónomos que son ellos mismos quienes deciden cuanto cobrar a sus clientes.
  • Utiliza signos distintivos de dicho contratador.
  • No puedes trabajar para otra empresa, ya que se te exige exclusividad a un solo contratador.
  • Depende de manera completa de los ingresos de esa empresa.

El hecho de ser un falso autónomo no representa como único problema el antes citado, no se trata únicamente que un falso autónomo tenga que pagar sus cuotas de autónomo con lo que ello conlleva; el problema principal es que se deben de manera absoluta a cualquier norma que la empresa contratadora establezca.

Además, no firman un contrato de tipo laboral con la empresa, aspecto que les daría grandes ventajas y derechos. Su sueldo no está basado en una nómina, si no que su sueldo se calcula teniendo en cuenta el trabajo realizado. A nivel burocrático también tienen el sobrecoste, tanto económico como en tiempo, de tener que presentar las preceptivas declaraciones de IRPF e IVA. Esto obliga en muchos casos a estas personas a contratar los servicios de una asesoría.

Por supuesto, una persona que sea falso autónomo no va a disfrutar de ninguno de los derechos que se establecen en:

  • El Estatuto de los Trabajadores.
  • El convenio colectivo aplicable.

Esto supone en la práctica una enorme pérdida de derechos y de protección. Por ejempo, al ser autónomos no tendrán tampoco derecho a indemnización ninguna si los despiden. Tampoco tienen derecho a disfrutar de bajas médicas.

¿Qué pros y contras tiene ser falso autónomo?

Ventajas de ser un falso autónomo

Habría que rebuscar muchísimo para ver qué ventajas tiene serlo, pero es cierto que en ocasiones muy concretas podría llegar a tener alguna:

  • Flexibilidad a la hora de cambiar de empresa «contratadora». De un día para otro podremos cambiar de una a otra sin tener que dar explicaciones. Esto representa una ventaja, ya que no nos obliga a estar atados a una marca.
  • Podemos facturar a varias empresas a la vez. Igual que podremos trabajar para varias de estas plataformas en paralelo (si bien esto podría estar prohibido en las normas de las propias empresas), también es cierto que podemos desempeñar varias actividades diferentes de índole muy diversa.

Como ves no son muchas las ventajas que supone ser falso autónomo. Sólo perfiles muy determinados podrían estar interesados realmente en ello respecto a la posibilidad de estar legalmente contratados.

Desventajas para los falsos autónomos

No cabe duda que son mayoría los «contra» que supone pertenecer a esta figura de contratación. Vamos a ver las que consideramos más importantes:

  • Tiene la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos (también conocido como RETA).
  • Ha de pagar la cuota de autónomos todos los meses, trabaje o no. Es cierto que tiene la opción de darse de baja si no va a facturar, pero no deja de ser un problema.
  • Debe presentar las declaraciones trimestrales y anuales correspondientes tanto de IVA como de IRPF.
  • No va a cobrar nómina cada mes, esto es un problema, ya que sus ingresos dependerán totalmente del trabajo desempeñado. Eso, en teoría podría ser una ventaja si recibimos muchos pedidos, pero no es lo habitual.
  • No es parte de la plantilla de la empresa.
  • No va a tener ningún derecho de los que corresponden a cualquier trabajador que pertenezca al Régimen General de Trabajadores como podrían ser:
    • Reducciones de jornada.
    • Derecho a permisos retribuidos o vacaciones.
    • Indemnizaciones por despedido.
    • Derecho a paro
  • Ante cualquier conflicto laboral deberá acudir a la vía civil, no a la social.

¿A qué riesgos se enfrentan las empresas?

Ya hemos visto que se trata de una práctica ilegal, pero a pesar de ello muchas empresas siguen utilizándola. Pero hay que tener en cuenta que se enfrentan a esto:

  • Si se detectase una situación de irregularidad (por ejemplo en una Inspección de Trabajo) el empresario va a ser obligado a dar de alta al empleado en la Seguridad Social como cualquier otro trabajador de la empresa (mediante un contrato indefinido respetando la antigüedad).
  • El empresario deberá pagar todos los costes no abonados durante la actividad pasada (cotizaciones de hasta cuatro años).
  • Sobrecoste en forma de sanción, de entre 3126 euros hasta los 10000. Las sanciones se clasifican así según su gravedad:
    • Grado mínimo: desde 3.126 a 6.250 euros.
    • Grado medio: desde los 6.251 a 8.000 euros.
    • Grado máximo: de 8.001 a 10.000 euros.
  • Si se realiza una reclamación por despido, la empresa deberá abonar la máxima indemnización.
  • El empresario puede tener que hacer frente a un delito penal.

¿Cómo denunciar que eres un falso autónomo?

Si te has visto reflejado en todo lo que hemos visto verás que tienes varias formas de denunciar ante la Inspección de Trabajo. Recuerda, que en caso de despido sólo tienes 20 días hábiles para denunciar dicha situación.

  • Denuncias anónimas: Existe un buzón de lucha contra el fraude laboral, en la que sólo se identifica a la empresa, no al trabajador.
  • Denuncias formales: Se puede realizar una denuncia de tipo formal ante la Inspección de Trabajo.
  • Denuncia en el Juzgado de lo Social: Para que la situación sea evaluada por un juez.
  • Denuncia por despido: También ante los Juzgados de lo Social.

Esperamos que este artículo te haya ayudado a entender la realidad de los falsos autónomos en España. Se estima que existen unos 100.000 falsos autónomos, aunque evidentemente sea dificil contrastar esta cifra. Ante cualquier duda te recomendamos que consultes con una asesoría de primer nivel como puede ser Assessor.

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